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Tablas salariales Comercio Metal

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2013, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación de la actualización de tablas salariales del Convenio Colectivo del Sector de Comercio del Metal, suscrita por la comisión deliberadora (código número 28000745011982).
Examinada el Acta de Actualización de tablas salariales del Convenio Colectivo del Sector de Comercio del Metal, suscrita por la comisión deliberadora el día 9 de abril de 2013, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
 

RESUELVE

1.o Inscribir dicha Acta de Actualización de tablas salariales, del convenio colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 6 de mayo de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
 

Acta de la comisión deliberadora del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid

Empresarial (titulares):

  • — Don José Miguel Guerrero Sedano (AECIM), con documento nacional de identidad número 9.707.677.
  • — Don Juan José Casado (AECIM), con documento nacional de identidad número 9.627.297.
  • — Don Luis Collado López (AECIM), con documento nacional de identidad número 2.099.589.
  • — Don Álvaro Bernal Luna (AECIM), con documento nacional de identidad número 111.350.
  • — Don Felipe González Colmena (AECIM), con documento nacional de identidad número 30.184.745.
  • — Don Rafael Velasco Rodrigo (AECIM), con documento nacional de identidad número 1.275.703.
  • — Don José Manuel Fernández (AECIM), con documento nacional de identidad número 52.183.627.
  • — Don Armando Rodríguez Ocaña (AECIM), con documento nacional de identidad número 5.220.449.
  • — Don Julio Muñoz Agraz (AECIM), con documento nacional de identidad número 1.639.237.
  • — Doña Soledad Dávila (AECIM), con documento nacional de identidad número 50.314.877.

Sindical (titulares):

  • — Doña Mercedes González Calvo (CC OO), con documento nacional de identidad número 02.203.417.
  • — Doña Raquel Márquez Fernández (CC OO), con documento nacional de identidad número 52.377.778.
  • — Doña Ana Oller Alarcón (CC OO), con documento nacional de identidad número 51.646.809.
  • — Don Manuel Moya Serrano (CC OO), con documento nacional de identidad número 25.921.264.
  • — Don Rogelio Hernández Teresa (CC OO), con documento nacional de identidad número 70.028.678.
  • — Don Carlos Paraíso Pareja (CC OO), con documento nacional de identidad número 53.133.218.
  • — Don Mariano Hoya Callosa (UGT), con documento nacional de identidad número 01.908.608.
  • — Don Jesús Ángel Martínez Hernández (UGT), con documento nacional de identidad número 00.262.390.
  • — Don Francisco Arenas Murillo (UGT), con documento nacional de identidad número 01.917.608.
  • — Doña Silvia Ramos González (UGT), con documento nacional de identidad número 51.665.651.
  • — Don José A. Gutiérrez Madrigal (UGT), con documento nacional de identidad número 51.316.856.
  • — Don José Luis Nogués González (UGT), con documento nacional de identidad número 51.977.993.

Sindical (suplente):

  • — Don José María Casero Gil (UGT), con documento nacional de identidad número 52.121.884.

Asesores:

  • — Don Carlos Jacob Sánchez (AECIM), con documento nacional de identidad número 5.342.936.
  • — Doña Míriam Ortiz Criado (AECIM), con documento nacional de identidad número 51.074.080.
  • — Don Clemente de la Casa Díaz (UGT), con documento nacional de identidad número 02.058.699.
  • — Doña Beatriz Montalvo Caracena (UGT), con documento nacional de identidad número 50.445.154.

Secretario comisión:

  • — Don José María Roncero Gómez de Bonilla.

 
En Madrid, a las dieciséis horas del día 9 de abril del año 2013, en los locales de AECIM (calle Príncipe de Vergara, número 74, primero derecha), se reúne la comisión deliberadora del Convenio Colectivo el Comercio del Metal de Madrid, con asistencia de los señores reseñados en el anexo de asistencia y que firman en todas las hojas, para proceder a la publicación de las tablas salariales del convenio actualizadas a 31 de marzo de 2013 sin carácter retroactivo.
 

Se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.—Que las partes aquí firmantes modificaron en fecha 14 de mayo de 2012 lo establecido en el párrafo 5.o del apartado 3 del artículo 2 del convenio en materia salarial en los siguientes términos:
“Para el cuarto año de vigencia (1 de enero de 2012 a 31 de marzo de 2013): El 1 de abril de 2012 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31 de marzo de 2012 en el 0,8 por 100, las cuales se verán actualizadas a 31 de marzo de 2013 en un 0,8 por 100 adicional”.
Segundo.—De tal forma, las cuantías de los cuatrienios citados en el artículo 6 se incrementan sin carácter retroactivo a 31 de marzo de 2013 en un 0,8 por 100. Dicha cuantía figura en la correspondiente columna de las tablas salariales que se adjuntan.
Tercero.—Aplicando el mismo incremento salarial pactado del 0,8 por 100 para tablas a 31 de marzo de 2013, se establecen sin carácter retroactivo las siguientes cantidades en concepto de dietas:

  • — Dieta completa: 42,44 euros.
  • — Media dieta: 10,22 euros.

Cuarto.—El plus extrasalarial de transportes urbanos descrito en el artículo 10, cuyo pago se efectúa en 11 mensualidades, se incrementa a 31 de marzo de 2013 en un 0,8 por 100 sin carácter retroactivo, figurando las cantidades en las tablas saláriales que se adjuntan.
Quinto.—Se acuerda remitir la presente acta y las tablas actualizadas a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, autorizando al secretario de esta comisión deliberadora para llevar a cabo dichos trámites, subsanando los errores formales y/o materiales que pudieran producirse.
Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las dieciocho horas del día de la fecha.
 

TABLAS SALARIALES ACTUALIZADAS SIN CARÁCTER RETROACTIVO A PARTIR DEL 31-03-13

TABLAS SALARIALES

CATEGORIAS

SALARIO MES (15 MENSUALIDADES)

PLUS TRANSPORTES URBANOS

(11 MENSUALIDADES)

INGRESO ANUAL

VALOR CUATRIENIO

GRUPO I

 

 

 

 

Ingenieros y Licenciados

1.704,60

88,89

26.546,89

79,96

Ayudantes Técnicos

1.419,00

88,89

22.262,91

66,75

Practicantes

1.111,92

88,89

17.656,58

52,66

GRUPO II

 

 

 

 

Jefe de Personal

1.704,60

88,89

26.546,89

79,96

Jefe de Ventas

1.704,60

88,89

26.546,89

79,97

Jefe de Compras

1.704,60

88,89

26.546,89

79,97

Encargado General

1.704,60

88,89

26.546,89

79,97

Jefe de Almacén

1.419,00

88,89

22.262,91

66,41

Jefe de Sucursal

1.419,00

88,89

22.262,91

66,41

Jefe de Grupo

1.250,09

88,89

19.729,25

58,48

Jefe de Sección

1.134,58

88,89

17.996,55

52,93

Viajante

1.102,80

88,89

17.519,90

51,51

Corredor de plaza

1.042,58

88,89

16.616,57

48,68

Encargado de establecimiento

1.042,58

88,89

16.616,57

48,68

Dependiente 22 años

1.040,84

88,89

16.590,44

48,61

Ayudante

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Dependiente mayor

1.107,68

88,89

17.593,06

51,70

APRENDICES ( Art.11.1.1 )
Contratos para la Formación
Primer año

598,88

54,55

9.583,27

Segundo año

635,11

54,55

10.126,71

(*) La retribución salarial fijada equivale al 100% del tiempo de trabajo efectivo. No obstante esta cantidad se podrá reducir en proporción al tiempo dedicado a la formación teórica.
GRUPO III

 

 

 

 

Jefe Administrativo primera

1.532,66

88,89

23.967,68

71,94

Jefe de Sección

1.250,09

88,89

19.729,25

58,48

Contable, Cajero, Oficial primera

1.135,20

88,89

18.005,86

52,99

Oficial Administrativo segunda

1.040,84

88,89

16.590,44

48,61

Auxiliar

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Aspirante hasta 18 años

689,97

54,55

10.949,54

AUXILIAR DE CAJA

 

 

 

 

Aspirante de 16 y 17 años

581,17

54,55

9.317,59

De 18 años a 25 años

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Tiene más de 25 años

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Cobra ventas a crédito

968,37

88,89

15.503,39

45,11

GRUPO IV

 

 

 

 

Dibujante y Proyectista

1.419,00

88,89

22.262,91

66,74

Escaparatista

1.305,10

88,89

20.554,37

61,08

Rotulista y Delineante

1.312,81

88,89

20.669,98

61,42

Cortador y Calcador

1.159,35

88,89

18.368,04

54,18

Ayudante de Cortador

1.009,68

88,89

16.123,09

47,08

Visitador/a

1.191,16

88,89

18.845,19

55,67

PROFESIONALES DE OFICIO

 

 

 

 

Jefe de Taller

1.250,22

88,89

19.731,21

58,48

Conductor «D» y «E»

1.055,91

88,89

16.816,44

49,28

Oficial primera y Conductor «C»

976,28

88,89

15.622,11

45,48

Oficial segunda y Conductor «B»

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Oficial tercera y Conductor «A-1»

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Capataz

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Mozo especializado

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Telefonista

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Mozo

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Personal limpieza (hora)(1)

6,32

0,00

94,77

0,00

GRUPO V

 

 

 

 

Conserje

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Cobrador

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Vigilante

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Sereno

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Ordenanza

899,26

88,89

14.466,81

41,87

Portero

899,26

88,89

14.466,81

41,87

GRUPO VI

 

 

 

 

Analista de sistemas

1.704,60

88,89

26.546,89

79,97

Analista de aplicaciones

1.419,00

88,89

22.262,91

66,41

Programador de sistemas

1.419,00

88,89

22.262,91

66,41

Programador de aplicaciones

1.250,09

88,89

19.729,25

58,48

Operador de ordenador

1.135,20

88,89

18.005,86

52,99

Verificador perforista

1.040,84

88,89

16.590,44

48,61

Perforista

899,26

88,89

14.466,81

41,87

(1) El personal de limpieza que trabaje a jornada completa será equiparado a los mozos a todos los efectos

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