RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2012, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación de la prórroga del convenio colectivo de Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consulta y Laboratorios de Análisis Clínicos (Código número 28001575011982).
Examinada el acta de prórroga del convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consulta y Laboratorios de Análisis Clínicos, suscrita por la comisión negociadora del mismo, el día 6 de junio de 2012, completada la documentación exigida en el artículo 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 delTexto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Inscribir dicha acta de prórroga del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 2 de junio de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS DE HOSPITALIZACIÓN, ASISTENCIA SANITARIA, CONSULTAS Y LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 2012
Asistentes y/o representados
Por la parte empresarial
Por la Asociación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada de Madrid:
Don Isidro Díaz de Bustamante.
Don Antonio Gómez Rodríguez.
Doña Leticia Bellón García.
Don Tomas Martínez Chacón.
Don Enrique Plaza.
Don Manuel Sánchez Climent.
Don Alejandro Abarca.
Don Carlos Menéndez González.
Don Ernesto San Francisco.
Don julio Fernández-Llamazares.
Don José Miguel Sanabria.
Por la Asociación de Empresarios de Clínicas Dentales de Madrid (ADECLIDEMA):
Don Juan Carlos Asurmendi
Por la parte social
CC OO:
Doña Concepción Castillo Sebastián .
Doña Maritza Leonor Maguiña Ramírez.
Doña Rosario Cruz Molina.
Don David Rodríguez Miguel.
Doña Alicia López Arquero.
Doña María Dolores Ramírez Bolaños.
Doña Olga Sánchez Casas.
Doña Silvia Ortega Fernández.
Doña Margarita Endériz (asesora).
UGT:
Doña Teresa Benavides Sanjuán.
Don Miguel Ángel Fernández Fernández.
Doña Rosario Montero Barrado.
Don Vidal Rubio Llorente.
Don Miguel Ángel Sierra Hernández (asesor).
En Madrid, siendo las diez horas del día 6 de junio de 2012, se reúnen en la calle General Yagüe, número 10, escalera A, primero G, 28020 Madrid, las personas relacionadas anteriormente con el fin de llegar a un acuerdo en la negociación del convenio.
“La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CC OO de Madrid, junto a la Federación de Servicios Públicos de UGT-Madrid, en base a la situación económica global del país, y teniendo como principio básico el mantenimiento de los puestos de trabajo en todas las Empresas adscritas al Convenio de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid; consideran conveniente plantear a la parte empresarial de la mesa de negociación, la prórroga por un año más del último convenio colectivo del sector (2008-2011), donde por otra parte, en su articulado ya está recogido un sistema de clasificación profesional, que se acomoda a los términos previstos en el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero (se acompaña como Anexo 1, tablas salariales 2012).
La representación empresarial muestra su conformidad y compromiso con este planteamiento, por lo que ambas partes deciden firmar el acuerdo de prorrogar por un año, el Convenio Colectivo de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid 2008-2011, siendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, fecha a partir de la cual, cualquiera de las partes firmantes podrá denunciar el presente convenio con una antelación mínima de treinta días antes de dicha fecha.
Lo que firman a los efectos oportunos los componentes de la mesa negociadora.
ANEXO 1
Tabla salarial 2012
TABLA A |
TABLA B |
|||||
Salario Base Mensual |
Módulo Cálculo Complementos |
Módulo Cálculo Nocturnidad |
Salario Base Mensual |
Módulo Cálculo Complementos |
Módulo Cálculo Nocturnidad |
|
Grupos y niveles | ||||||
Grupo I | ||||||
Nivel I: |
983,85 |
764,41 |
915,74 |
999,63 |
780,01 |
931,50 |
Nivel II: |
1.027,77 |
828,98 |
959,65 |
1.044,83 |
845,93 |
976,70 |
Grupo II: |
1.036,53 |
848,11 |
968,41 |
1.053,87 |
865,44 |
985,75 |
Grupo III |
1.066,82 |
868,66 |
988,13 |
1.084,38 |
886,22 |
1.005,65 |
Grupo IV |
1.151,37 |
981,54 |
1.081,84 |
1.171,44 |
1.001,59 |
1.103,32 |
Grupo V |
1.292,62 |
1.150,97 |
1.224,49 |
1.316,14 |
1.174,48 |
1.248,00 |
Plus de Transporte | J. Continua |
122,92 |
J. Continua |
122,92 |
||
J. Partida |
109,76 |
J. Partida |
109,76 |
|||
J, Nocturna |
87,82 |
J. Nocturna |
87,82 |