La tasa de variación anual del IPC en el mes de octubre es del 3,5%, una décima superior a la registrada el mes anterior. La tasa anual de la inflación subyacente aumenta cuatro décimas y se sitúa en el 2,5%. Enseñanza, cuya variación anual se incrementa más de siete puntos y se sitúa en el 10,4%, debido a que los precios de la enseñanza superior han aumentado más este año que en octubre de 2011. Entre las comunidades autónomas cuya variación anual aumenta respecto a septiembre, destaca Cataluña, que la sitúa en el 4,2%, tres décimas por encima del mes pasado. Por su parte, la comunidad autónoma que más disminuye su tasa anual es Castilla-La Mancha (3,3%), con un descenso de dos décimas.
La Agencia Tributaria cerró el año pasado con 21.428 millones pendientes de cobro, según la Memoria de este organismo de 2011. Esta cifra aumentó un 11,88% respecto 2010. Este dinero computa como recaudado a efectos de déficit, aunque a es muy difícil que se llegue a recaudar efectivamente. El monto equivale a dos puntos del PIB. Hablando en términos relativos, sólo el 71,4% del dinero que ha entrado en la contabilidad de la Agencia Tributaria como pendiente de gestión desde 2007 se ha podido recaudar. “Las gestiones contribuyen al colapso de la Justicia ordinaria”. Actualmente hay 6.000 millones atascados en los tribunales de los que 2.000 tienen más de cinco años.
España no podrá exigir a sus expatriados que liquiden su IRPF pendiente de imputación cuando cambien de residencia. En una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) concluye que España incumple las obligaciones que le incumben, en virtud del Tratado de la Unión Europea, al haber adoptado una disposición que impone a los contribuyentes que trasladan su residencia a otro Estado miembro la obligación de incluir todas las rentas, pendientes de imputación, en la base imponible del último ejercicio fiscal en el que se les haya considerado contribuyentes residentes. A juicio del Tribunal, “ese régimen es discriminatorio y penaliza a las personas que tienen intención de abandonar dicho Estado miembro en relación con aquellas otras que permanecen en él, por cuanto las primeras están obligadas a pagar el impuesto en el momento de su traslado sin posibilidad de diferirlo”. A partir de esta sentencia, no obstante, España no pierde la potestad de gravar estas rentas, pero sí de hacerlo de forma inmediata, por lo que deberá modificar el contenido del artículo 14.3 de la Ley del IRPF. En cuanto a la situación de las personas jurídicas que trasladan su residencia, el Tribunal deberá dictar sentencia tras la denuncia presentada también al respecto por la Comisión Europea.
Las eléctricas recurrirán los nuevos impuestos energéticos, cuyo proyecto de ley se tramita en el Parlamento. Al tratarse de una norma con rango de ley, las empresas no podrán ir directamente contra ella, pero sí «contra el primer acto de aplicación de la misma» o el reglamento que la desarrolle, señalan fuentes del sector. Las propias compañías ven difícil que el juez acepte la primera opción (la inconstitucionalidad de los nuevos impuestos), pero muestran una gran confianza en que acepte el recurso por incumplimiento de la normativa comunitaria.
La Agencia Tributaria cerró el año pasado con 21.428 millones pendientes de cobro, según la Memoria de este organismo de 2011. Esta cifra aumentó un 11,88% respecto 2010. Este dinero computa como recaudado a efectos de déficit, aunque a es muy difícil que se llegue a recaudar efectivamente. El monto equivale a dos puntos del PIB. Hablando en términos relativos, sólo el 71,4% del dinero que ha entrado en la contabilidad de la Agencia Tributaria como pendiente de gestión desde 2007 se ha podido recaudar. “Las gestiones contribuyen al colapso de la Justicia ordinaria”. Actualmente hay 6.000 millones atascados en los tribunales de los que 2.000 tienen más de cinco años.
España no podrá exigir a sus expatriados que liquiden su IRPF pendiente de imputación cuando cambien de residencia. En una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) concluye que España incumple las obligaciones que le incumben, en virtud del Tratado de la Unión Europea, al haber adoptado una disposición que impone a los contribuyentes que trasladan su residencia a otro Estado miembro la obligación de incluir todas las rentas, pendientes de imputación, en la base imponible del último ejercicio fiscal en el que se les haya considerado contribuyentes residentes. A juicio del Tribunal, “ese régimen es discriminatorio y penaliza a las personas que tienen intención de abandonar dicho Estado miembro en relación con aquellas otras que permanecen en él, por cuanto las primeras están obligadas a pagar el impuesto en el momento de su traslado sin posibilidad de diferirlo”. A partir de esta sentencia, no obstante, España no pierde la potestad de gravar estas rentas, pero sí de hacerlo de forma inmediata, por lo que deberá modificar el contenido del artículo 14.3 de la Ley del IRPF. En cuanto a la situación de las personas jurídicas que trasladan su residencia, el Tribunal deberá dictar sentencia tras la denuncia presentada también al respecto por la Comisión Europea.
Las eléctricas recurrirán los nuevos impuestos energéticos, cuyo proyecto de ley se tramita en el Parlamento. Al tratarse de una norma con rango de ley, las empresas no podrán ir directamente contra ella, pero sí «contra el primer acto de aplicación de la misma» o el reglamento que la desarrolle, señalan fuentes del sector. Las propias compañías ven difícil que el juez acepte la primera opción (la inconstitucionalidad de los nuevos impuestos), pero muestran una gran confianza en que acepte el recurso por incumplimiento de la normativa comunitaria.
La ventaja fiscal de pagar el alquiler al empleado se prorrogará un año. En el proyecto de Ley de medidas tributarias que acompaña a los Presupuestos para 2013, la normativa se modifica y se obliga a incluir como retribución en especie el coste real del alquiler. Una enmienda presentada por el Grupo Popular contempla prorrogar el actual régimen fiscal durante el ejercicio 2013 siempre y cuando el contribuyente ya aplicara este tipo de tributación con anterioridad al 4 de octubre. El objetivo es que tanto la empresa como el trabajador dispongan, en palabras del Grupo Popular, «de tiempo suficiente para adaptar, si lo desean, la composición de sus retribuciones (dinerarias o en especie) a la nueva fiscalidad de la utilización de vivienda».