InicioEconomíaAclaración del plazo del impuesto 1º T. de 2020

Aclaración del plazo del impuesto 1º T. de 2020


 

ACLARACION PLAZO PRESENTACION E INGRESOS DE IMPUESTOS 1º T. 2020

El 15 de abril, se ha publicado en el B.O.E., el R.D. LEY 4/2020 por el que se amplía el plazo para presentar y pagar impuestos hasta el 20 de mayo de 2020, aplicable tanto a las personas físicas y como a empresas cuyo volumen de operaciones en el 2019 fuese inferior a 600.000 euros, es decir, cuya CIFRA DE VENTAS (excluido IVA) sea inferior a dicha cantidad.

Transcribo Artículo único. Extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones.

1º. En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

No obstante, y dada la constante improvisación, os recomendamos que tengáis saldo suficiente en la cuenta el día 20 de Abril para el pago de los impuestos, porque en estos días todo es colapsado, y sobre todo, los servidores de la Agencia tributaria.

En resumen, para empresas y personas físicas cuya facturación en 2019 fue superior a 600.000 €

1º.-DOMICILIACIONES acaba plazo 15 de abril y pago con NRC en BANCO hasta el 20 de abril los impuestos a pagar y los informativos 202, 111, 115, 303 (349 informativas).

2º.-Opcion para solicitar Aplazamientos:

a) OPCION COVID 19: aplazamiento en una sola cuota dentro de 6 meses siendo 3 primeros meses sin interés y resto al 3,75% ANUAL. Y recordar que esta medida afectará a vuestra futura tesorería y debéis tener una previsión de pagos.

b) Aplazamientos y fraccionamientos, como siempre, en plazos que os convenga, con intereses 3,75% Y en ambos casos, como siempre, límite cuota TOTAL aplazada 29.999 euros.

 

Esperamos poder haber resuelto vuestras dudas, en caso contrario, contactar con nosotros.

¡ANIMO Y SALUD!

                                                                                                                                              EMLB ASOCIADOS SLP

 

¿Te ha gustado el contenido?

Puntuación media 0 / 5. Votos: 0

¡Todavía no hay votos! Sé el primero en valorar el contenido.

Publicado por EMLB

logo emlb

Asesoría y despacho de abogados en Madrid con más de 25 años de experiencia. Profesionales especializados en asesoramiento legal, fiscal, laboral y contable para sociedades, pymes, autónomos y emprendedores.

¡Es tu turno! Deja un comentario y opina

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Buscar