InicioNo ValeTasa fiscal sobre juegos suerte, envite y azar

Tasa fiscal sobre juegos suerte, envite y azar

monedaModifica el art.40 y el art.41.Uno del DLeg 1/2010

Se regula la base imponible y el tipo para las máquinas B y C conectadas.
Se modifica la base imponible, el tipo tributario, y se establece una bonificación en la cuota por creación y mantenimiento de empleo para los casinos.  La modificación de la tributación de casinos responde a la necesidad de adaptar la actual tributación de los casinos que operan en la Comunidad de Madrid al nuevo entorno, que pudiera existir con la entrada en funcionamiento de los Centros Integrados de Desarrollo.  La  DF Tercera.3 a) Ley 8/2012 establece que estos cambios entrarán en vigor en el momento en que se inicien las actividades de juego en los centros integrados de desarrollo.

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