Cuestión Planteada
Subvención de la CA de la Región de Murcia para los desempleados que se establezcan como autónomos. Entre los requisitos exigidos para la concesión de la subvención se encuentra realizar una inversión en inmovilizado material
Contestación
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa que regula la mencionada subvención, aunque entre los requisitos exigidos para la concesión de la misma se exija acreditar una inversión en inmovilizado fijo necesario para el desarrollo de la actividad, la finalidad de la misma es el fomento de la creación de empleo estableciendo una renta de inserción , es decir, la de asegurar unos ingresos durante el inicio de la actividad y puesta en marcha de la iniciativa empresarial o profesional, por lo que estamos ante una subvención corriente.
Por tanto, la subvención deberá imputarse en el período impositivo en que se devengue. Esta circunstancia se producirá en el período impositivo que comprenda la fecha de la resolución concesionaria definitiva de la misma, es decir, cuando se reconozca en firme la concesión de la subvención y se cuantifique la misma.
No obstante, si el consultante hubiese optado por el criterio de cobros y pagos, en los términos previstos en el art.7.2 del Reglamento del IRPF, la subvención deberá imputarse en el período impositivo en que se produzca el correspondiente cobro de la misma.