PLAZO solicitudes 2013: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación (09-07-2013)
BASES: ORDEN 4598/2010 – BOCM 26-01-2011. Modif. Orden 8073/2011. BOCM 26-01-12
Convocatoria 2013: orden 3017/2013 (BOCM 21-06-2013)
Objeto: financian los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de preparadores laborales, que se generen durante el desarrollo del proyecto de empleo con apoyo.
El período subvencionable es el comprendido entre el 14-02-2012 y el 31-12-2013, sin que en ningún caso se subvencione un período superior a doce meses.
Se concederán por períodos mínimos de 6 meses y máximos de un año, prorrogables, previa solicitud por parte de las entidades interesadas, que deberá presentarse por los beneficiarios con anterioridad a la finalización del ejercicio presupuestario.
Beneficiarios:
a) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar discapacitados.
b) Los Centros Especiales de Empleo,
c) Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten a los trabajadores con discapacidad beneficiarios de dichas acciones siempre que cuenten en su plantilla con preparadores laborales especializados, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la presente Orden, o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
Cuantía: El importe máximo de subvención por proyecto de empleo con apoyo se establece en función del número de trabajadores con el tipo y grado de discapacidad, en los términos siguientes:
- a) 6.600 euros anuales por trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por 100.
- b) 4.000 euros anuales por trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 % e inferior al 65 %
- c) 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por 100, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33 por 100.
-Estas subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad, así como en función de su jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.
-Para el cálculo de las subvenciones de los proyectos de empleo con apoyo se tendrá en cuenta únicamente el período en que cada trabajador con discapacidad esté contratado y recibiendo apoyo durante el desarrollo del proyecto.