Segunda entrega del resumen de las medidas del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 sobre el sector público y los fondos de pensiones.
A continuación, les resumimos las principales medidas laborales/sociales incluidas en este PLPGE 2021, con la advertencia de que pueden ser objeto de cambios como consecuencia de las enmiendas que se aprueben en su trámite parlamentario.
- Sector público
- Se incrementan las retribuciones del personal al servicio del sector público en un 0,9% respecto a las vigentes a 31-12-2020. Se permite, además, realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos siempre que no se supere el incremento global fijado. Se prevé la recuperación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 para las Administraciones y entidades que no hubieran abonado la totalidad de las cantidades efectivamente dejadas de percibir.
- No se permite la contratación de personal temporal, ni realizar nombramientos de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
- Se modifica el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) para incluir los siguientes derechos de los funcionarios:
- permiso retribuido por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo hospitalario de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- posibilidad de disfrutar el permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento dentro de los 12 meses contados desde la resolución judicial o administrativa que la constituye (y no solo hasta que el hijo cumpla 12 meses).
- posibilidad de sustitución del disfrute de las vacaciones por su compensación económica en caso de conclusión de la relación de servicios por causas ajenas a su voluntad y en los casos de jubilación por incapacidad permanente o por fallecimiento hasta un máximo de 18 meses.
- Fondos de pensiones
Se establece la promoción de fondos de pensiones públicos de empleo. Para ello se prevé que en el plazo máximo de 12 meses, el Gobierno presente un proyecto de ley en el que se atribuya a la Administración General del Estado capacidad legal para su promoción. Se tratará de fondos de pensiones públicos a los que podrán adscribirse los planes de pensiones del sistema de empleo de aportación definida para la jubilación que así lo establezcan en sus especificaciones; y, por defecto, los planes de pensiones de la modalidad de empleo que no determinen un fondo de pensiones específico concreto. Podrá preverse la integración de planes de pensiones asociados de trabajadores autónomos.
Asimismo, se reduce de 8.000 a 2.000 el total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones. No obstante, este límite se incrementa en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales.