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Reforma Laboral

MEDIDAS DE LA REFORMA LABORAL:

 

Intermediación laboral

Objetivo: Sumar esfuerzos en la búsqueda de empleo
Medida: Se autoriza a las Empresas de Trabajo Temporal para actuar como agencias privadas de colocación, por disponer de una amplia red de sucursales distribuidas por todo el territorio y con amplia experiencia en el mercado de trabajo.

Contrato para la formación y el aprendizaje

Objetivo: Potenciar la formación permanente de los trabajadores, en especial, la de los jóvenes, a través de la reforma de esta modalidad contractual.
Medida:
1) La edad máxima para acceder a este contrato será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%.
2) Tras agotar un periodo de formación en una actividad, el trabajador podrá utilizar esta modalidad de contrato en otros sectores, lo que mejora su empleabilidad.
3) El trabajador podrá recibir la formación en la propia empresa, si ésta dispone de instalaciones y personal docente.
 

Formación Profesional

Objetivo: Potenciar la formación permanente de los trabajadores, en especial, la de los jóvenes, y mejorar la calidad de la oferta formativa.
Medida:
Reconocimiento de nuevos derechos en materia de formación profesional:
1. Derecho a la formación dirigida a la adaptación al puesto de trabajo.
2. Creación de una cuenta identificativa de la formación recibida por el trabajador.
3. Desarrollo del “Cheque Formación”.
4. Permisos retribuidos con fines formativos.
5. Se permite a los centros y entidades de formación que intervengan directamente en el sistema de formaciónpara el empleo.
 

Contrato Indefinido de Apoyo a los Emprendedores

Objetivo1: Fomentar la contratación indefinida por parte de autónomos y PYMES, que constituyen la base del tejido productivo
Medida:
Creación de un nuevo contrato indefinido:
1. Destinado a empresas de 50 o menos trabajadores.
2. Duración del periodo de prueba de hasta 1 año.
3. Deducción fiscal de 3.000 euros para estas empresas/autónomos que contraten a su primer trabajador si éste es menor de 30 años.
4. Deducción fiscal del 50% de la prestación por desempleo de los trabajadores contratados durante un año.
5. En éste último caso, el trabajador podrá percibir, si así lo desea, junto con su sueldo, el 25% de la prestación.
 

Contrato Indefinido de Apoyo a los Emprendedores

Objetivo 2: Fomentar la contratación indefinida por parte de autónomos y PYMES de hasta 50 trabajadores de determinados colectivos con mayores dificultades de acceso al empleo.
Bonificaciones:
• Para fomentar la contratación indefinida de los jóvenes, colectivo afectado por una tasa de paro cercana al 50%, se establece una bonificación de hasta 3.600 euros a la contratación de jóvenes parados de entre 16 y 30 años.
• Para fomentar la contratación indefinida de parados de larga duración mayores de 45 años, se establece una bonificación de hasta 4.500 euros.
 

Otras medidas para el fomento de la contratación indefinida

Medidas:
• Limitación del encadenamiento de contratos temporales. A partir de 31 de diciembre de 2012 se recupera la prohibición de encadenamiento de contratos temporales más allá de 24 meses.
• Modificación del contrato a tiempo parcial. Impulso de la utilización del contrato a tiempo parcial que favorece que los trabajadores puedan compatibilizar mejor el empleo con los estudios y con su vida familiar y personal.
• Se regula por primera vez en España el teletrabajo, salvaguardando el derecho a la formación
 

Movilidad y modificación de condiciones de trabajo

Objetivo: Que las empresas y los trabajadores superen juntos la crisis.
Medidas:
Se facilita la adaptación de las condiciones laborales a la realidad de la empresa:
Se podrán modificar las funciones de los empleados dependiendo de las necesidades de la empresa.
Se facilita la modificación de la jornada de trabajo, el horario, el salario y sistema de rendimiento, entre otros.
Con el objetivo de evitar el despido, se simplifican los trámites y se establecen incentivos para la reducción de jornada laboral o la suspensión temporal del contrato, ante situaciones de disminución de la demanda.
 

Negociación colectiva

Objetivo: Que el despido sea el último recurso
Medida:
Prioridad aplicativa del convenio de empresa frente al sectorial.
Facilitar a las empresas en dificultades la posibilidad de no aplicar el convenio de ámbito superior .
Plazo máximo de vigencia de dos años desde la denuncia del convenio colectivo.
 

Extinción de la relación laboral por causas empresariales

Objetivo: Clarificar y racionalizar la extinción del contrato por causas empresariales
Medida:
Objetivación de las causas del despido.
Se elimina la autorización administrativa previa, en línea con la práctica de los países europeos.
Se regulan las extinciones de contratos de personal no funcionario en el sector público.
 

Reducción de la dualidad en el mercado de trabajo

Objetivo: Reducir la dualidad laboral y hacer más atractiva la contratación indefinida.
Medida:
A partir de la reforma, se generaliza la indemnización por extinción del contrato indefinido será de 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente, con un máximo de 24 mensualidades.
Se respetarán los derechos adquiridos de los trabajadores.
La extinción del contrato indefinido será de 20 días por año trabajado en caso de despido procedente por causas objetivas, con un máximo de 12 mensualidades.
Objetivo: Combatir el fraude, la economía sumergida y el absentismo laboral
Medida:
Cumplimiento estricto de la ley en el cobro de prestaciones por desempleo.
Se impulsará que los desempleados que estén cobrando prestación realicen servicios de interés general en beneficio de la comunidad a través de convenios de colaboración con las Administraciones públicas.
Se elimina la vinculación del grado de absentismo del trabajador y la plantilla para justificar el absentismo como causa de despido. Sólo se tendrá en cuenta el absentismo del trabajador.
Mejorar la eficacia de la evaluación de la incapacidad temporal a través
 

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Publicado por EMLB

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