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LINEA ICO DIRECTO

Plazo: finaliza el 31-12-2012.
El ICO es el encargado del estudio y la aprobación de las operaciones, asumiendo la totalidad del riesgo. A través del canal del Facilitador Financiero (www.facilitadorfinanciero.es)
Las operaciones aprobadas por el ICO se formalizarán a través del BBVA o Santander.
Dirigido a autónomos,  pymes y las entidades sin ánimo de lucro (siempre que tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar) residentes en España  con una antigüedad mínima de 1 año.
 
Financiable:

Inversiones

  • Inversión en activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano (maquinaria, equipo informático, mobiliario, inmuebles…)
  • Adquisición de vehículos turismos cuyo precio no supere los 30.000 € (no incluido IVA/IGIC)
  • Adquisición de empresas
  • IVA o IGIC

 
La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a 1 año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación
 
En todo caso, no se financian bajo esta modalidad: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión, ni el circulante.
 
Liquidez: necesidades puntuales de tesorería o liquidez
Importe máximo préstamo: 200.000 € por cliente, en una o varias operaciones.

Tipo interés variable: Euribor 6 meses + 4,5%
El tipo de interés de la línea ICOdirecto vigente del 16 de enero de 2012 al 29 de enero de 2012:
 

Tipo de interés VARIABLE (6 meses):

Nominal Mensual
6 meses   6.105
 
Plazos amortización:
Inversión: 7 años, con 0 o 2 años de carencia
Liquidez: 5 años, con 0 o 1 año de carencia
 
Comisión apertura: 0,5 % sobre el importe solicitado. Mínimo de 60 €.

 

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Publicado por EMLB

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