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IMPUESTOS y OBLIGACIONES FISCALES a presentar en ENERO 2018

Comienza el plazo para la presentación de las declaraciones del Cuarto Trimestre y los resúmenes anuales del ejercicio 2017, y es el momento de contrastar los datos a consignar en el modelo 347, declaración de operaciones con terceros que superen los 3.005,06 €, a presentar en febrero, declaración de especial trascendencia.

  1. a) Retenciones, a pagar antes del 22 de Enero (fin domiciliación antes del 14 de Enero)
  • Modelos 111 y 190: En el modelo 111 se declaran e ingresan las retenciones procedentes de rendimientos del trabajo y rendimientos de actividades profesionales y empresariales sujetos a retención, que se han generado durante el trimestre a trabajadores, profesionales y a empresarios (1% módulos). Se presenta antes del 22 de Enero. Y antes del 31 de enero debe presentarse el modelo 190, de resumen anual.
  • Modelos 115 y 180: Lo presentan aquéllos que realizan su actividad económica en un inmueble alquilado, local de negocios, y cuyo recibo de alquiler tenga retención, que deberán ingresar mediante el modelo 115, correspondiente al cuarto trimestre, antes del 22 de enero. La declaración anual de este modelo es el 180, declaración informativa de los datos catastrales del inmueble y su propietario, y se presentará antes del 30 de Enero.
  1. b) Pagos a cuenta de la Renta-2017, a presentar antes del 30 (fin domiciliación antes del 24)
  • Modelos 130 y 131: Le corresponde pagar a todos los autónomos, pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta es la declaración resumen del año, que se corresponde con el 4º pago fraccionado del IRPF, en la modalidad de estimación directa. Y si la actividad tributa mediante estimación objetiva, el modelo a presentar será el 131, 4º pago de los módulos a cuenta de la renta de 2017. Ambos modelos pueden presentarse hasta el 30.
  1. c) Declaraciones de IVA, a presentar antes del 30 (plazo límite domiciliación antes del 24)
  • Modelos 303 y 390: Hasta el 30 de Enero. Estos modelos corresponden al IVA, en general, se presentar cuatrimestralmente, salvo que la empresa sea Gran Empresa, y su periodicidad es mensual. Este modelo procede de la unificación del modelo de IVA en régimen general y el modelo resumen del 4º trimestre del IVA del régimen simplificado de módulos. Se presentará antes del 30 de Enero, y su resumen anual, que es el modelo 390 (excepción si se realiza la actividad en estimación objetiva, que no están obligados, o los arrendadores de locales de negocios que tampoco están obligados al 390)
  • Modelo 349. Si se realizan operaciones intracomunitarias de compra o venta de bienes o servicios a un país de la Unión Europea, se presentará esta declaración informativa.
  1. d) Otras declaraciones informativas a presentar en Enero
  • Modelo 123 y modelo 193. El modelo 123 se presenta para liquidar la retención e ingreso a cuenta de determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas, antes del 22 de Enero. Y el modelo 193, anual, se presentará durante el mes de Enero.
  • Modelo 184. Está destinado a informar de las rentas obtenidas por las entidades en régimen de atribución de rentas, e informa a Hacienda de los datos para la declaración de la renta de los socios/comuneros de estas entidades que realizan actividad económica. Es decir, comunidades de bienes y otras entidades similares.
  • Modelo 117. Es un modelo especial que presentan aquellas personas que practican retenciones e ingresos a cuenta sobre las rentas procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción. A presentar antes del 22 de enero y su modelo anual, el 187, en el mes de Enero.
  • Modelo 182. Es una declaración informativa en la que se relacionan los donativos y las aportaciones recibidas que den derecho a deducción por el IRPF o por el Impuesto sobre Sociedades, y deben presentarlo Asociaciones, Fundaciones, etc.
  • Modelo 345. Engloba las Declaraciones Anuales de los Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Social Empresarial, es decir, cuando la propia empresa gestiona su Plan de Pensiones.
  1. e) A presentar en Febrero, éste es el último ejercicio.
  • MODELO 347. El próximo ejercicio 2018 está previsto que se presente en el mes de Enero, y aunque este año debe presentarse en Febrero, por su especial trascendencia fiscal al ser una declaración cuyo objetivo es el cruce de información con terceros, es conveniente adelantar y comprobar toda la información con terceros antes de presentar los impuestos trimestrales correspondientes al Cuarto y definitivo trimestre del ejercicio 2017.

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Publicado por EMLB

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