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Calendario laboral 2013 INDUSTRIA DE LA MADERA

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2013, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del acta de 21 de diciembre de 2012, de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Industria de la Madera, aprobando el calendario laboral para el año 2013.
Examinada el acta de 21 de diciembre de 2012, de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Industria de la Madera, por la que aprueba el calendario laboral para el año 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y el artículo 7 del Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan las competencias de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, esta Dirección General,
 

RESUELVO

1. Inscribir el acta de 21 de diciembre de 2012, así como el calendario laboral para el año 2013, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección General y proceder al correspondiente depósito en este organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de febrero de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
 
Acta de la mesa negociadora del Convenio Provincial de la Madera 2012
En Madrid, a 21 de diciembre de 2012, en el domicilio de FEMAMM, en esta fecha sede de las Comisiones del Convenio Regional de la Madera de la Comunidad de Madrid, sito en la calle Sagasta, número 28, primero izquierda, y siendo las diez y treinta horas, se reúnen las personas que a continuación se reseñan en representación de las organizaciones patronales y sindicales.

  • CC OO:
  • — Don Juan Rodríguez Díez.
  • ACOMAT:
  • — Don José Fernández Morán.
  • UGT:
  • — Don José Javier Gallego Cardo.
  • AFAMID:
  • — Doña Ana Isabel Hernández.
  • APISMA:
  • — Don Miguel Rodríguez Rojas.

 
Acuerdan:
1. Calendario laboral 2013.
Se aprueba el calendario laboral para el año 2013, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 47 del Convenio Estatal de la Madera, y que se acompaña como Anexo a este acta.
Y sin más temas que tratar se da por finalizada la reunión, a las doce horas del citado día 21 de diciembre.
CALENDARIO LABORAL DE LA MADERA COMUNIDAD DE MADRID AÑO 2013.
 

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DICIEMBRE

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Además de las 12 fiestas relacionadas se celebrarán en cada Municipio 2 Fiestas Locales
 

HORAS DIAS
HORAS EFECTIVAS 1752 219

 
Con objeto de aplicar la jornada de 1752 horas efectivas de trabajo, las partes firmantes acuerdan que, si antes del día 1 de Mayo de 2013, y sin perjuicio de lo establecido en el Art. 47 del Convenio Estatal, no estuviese fijado el calendario laboral, los días 3 de mayo, 23 y 30 de diciembre, sean no laborables, quedando tres días no laborales a determinar entre la representación de la empresa y los trabajadores.
 

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