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REFORMA DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL

JubilacionEn el BOE del 16 de Marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de Marzo, eufemísticamente llamado «de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo», y en el que el Gobierno lleva a cabo varias reformas en el sistema de jubilación.
Se regula la compatibilidad entre la percepción de una pensión de jubilación y el trabajo por cuenta propia o ajena para favorecer el alargamiento de la vida activa.
Se modifican las medidas adoptadas por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, respecto a la regulación de la jubilación anticipada y de la jubilación parcial, así como las relativas a la determinación del importe máximo de la pensión de jubilación cuando hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, a que se refiere el artículo 163.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Se da nueva redacción al artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la regulación del contrato a tiempo parcial y al contrato de relevo, incorporando a la misma las modificaciones efectuadas en esta norma relativas a la jubilación parcial.
Se regulan las aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios con el objetivo de desincentivar la discriminación de trabajadores de más edad en el marco de medidas extintivas de regulación de empleo, así como de racionalizar las obligaciones de las empresas.
Se modifica, por último, el subsidio de desempleo para mayores de 55 años.

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