Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el 2023.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el ejercicio 2023, que será remitido al Congreso de los Diputados para su debate, enmienda y aprobación.
Estas son algunas de las medidas propuestas, a la espera de su tramitación y aprobación definitiva.
Índice de contenidos
IRPF
Reducción:
- Por obtención de rendimientos del trabajo y de los umbrales de renta, todavía por determinar los límites exactos de la cuantía.
- Por obtención de rendimientos en estimación directa simplificada a los trabajadores autónomos económicamente dependientes: cuando los rendimientos netos de actividades económicas sean inferiores a 19.747,5€ y no tengan rentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 €. (excluidas las exentas)
No obligación de declarar :
En concreto, no están obligados a presentar la autoliquidación del Impuesto los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (y en otros supuestos muy concretos, como antes) si la suma de dichos rendimientos no superan los 15.000€ (antes 14.000€).
Reducción por obtención de rendimientos en estimación directa simplificada
Se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Cuando los rendimientos netos de actividades económicas sean inferiores a 19.747,5€ (antes 14.450€), siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 €.
Gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada
El porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación será del 7% (antes 5%). Recordamos que la deducción no puede exceder de los 2.000€, y este límite absoluto permanece inalterado.
Contribuyentes en estimación objetiva
Se eleva al 10 por 100 la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023.
Se prorrogan los límites excluyentes del método de estimación objetiva para los ejercicios 2022 y 2023. En concreto, las magnitudes de 150.000 y 75.000€ quedan fijadas en 250.000 y 125.000€, respectivamente. Asimismo, para dichos ejercicios, la magnitud de 150.000€ queda fijada en 250.000€.
Tipos de gravamen del ahorro
Se regulan nuevos tipos de gravamen, añadiendo dos tramos a la base liquidable entre 200.000 y 300.000 € con tipo del 27 % (antes 26%) y a partir de 300.000 €, que se aplica el tipo del 28% (antes 26%).
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Tipos de gravamen del ahorro
Se reduce del 25 al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000€ y no tenga la consideración de entidad patrimonial.
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