Se acaban de aprobar los PGE 2017, y materia tributaria estas son algunas las medidas más destacadas:
I.-I.V.A.
- En relación con las entregas de monedas de colección, se establece que estarán exentas del impuesto las entregas cuando son efectuadas por su emisor por un importe no superior a su valor facial.
- Se minora el tipo impositivo aplicable a los espectáculos culturales en vivo, que pasan a tributar al 10%.
- Se elimina la exclusión de los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos a efectos de la aplicación del tipo reducido del 10%.
- Pasan a tributar al 10% las monturas de gafas graduadas con el fin de alinear su tributación con la que es aplicable a las gafas y lentes graduadas.
2.-IMPUESTO SOCIEDADES
- Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2017 se modifica y amplía la deducción por inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales.
3.-ITP y AJD
- Se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos
4.-Impuestos Especiales IIEE
- Con efectos desde el 1-7-2016y vigencia indefinida, en el Impuesto sobre Hidrocarburos, se reduce el importe de las cuotas a devolver por el gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería, al objeto de adecuar la normativa interna al Derecho de la Unión Europea de 78,71 euros por mil litros a 63,71 euros por mil litros.
5.-IMPUESTOS LOCALES Y LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO
- Durante el año 2017 se concede una bonificación en la cuota del IBIy en la cuota del IIVTNU del 50% para las transmisiones de viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, locales de trabajo y similares, de naturaleza urbana, situados en el municipio de Lorca (Murcia), dañados como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el día 11-5-2011, cuando se acredite que, tanto las personas como los bienes ubicados en aquéllos, hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos.
- La bonificación se debe aplicara la cuota resultante de aplicar, en su caso, el resto de bonificaciones legalmente previstas.
- Al entrar en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 con fecha posterior al devengo del IBIde 2017, se ha previsto que esta medida se aplique con carácter retroactivo y sin limitación de ningún tipo.
6.-RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE CANARIAS
- Se añaden exenciones en importaciones definitivas de bienes. Con efectos desde el 29-6-2017, el límite existente en la exención en las importaciones de bienes de escaso valor se eleva de 22 euros a 150 euros.
7.-TASAS
- Se actualizan los tipos de cuantía fijade las tasas de la Hacienda estatal, excepto las que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas desde el 1-1-2016.
- Y no se modifica la cuantía de la tasa de regularización catastral.
8.-OTRAS NOVEDADES
- Interés legal del dinero e interés de demora
Durante la vigencia de esta ley, se mantiene el interés legal de dinero y el de demora para 2017 en el 3% y el 3,75%, respectivamente.
- IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)
Tendrá las siguientes cuantías durante la vigencia de esta ley:
– El IPREM diario, 17,93 euros.
– El IPREM mensual, 537,84 euros.
– El IPREM anual, 6.454,03 euros.
- En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesionalha sido sustituida por la referencia al IPREM, su cuantía anual será de 7.519,59 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No obstante, si expresamente se excluyen las pagas extraordinarias, la cuantía será de 6.454,03 euros.