Se acaba de publicar la L.P.G.E. 2017 (L 3/2017, BOE 28-6-17) y entre otras cuestiones socio-laborales, están son algunas de sus novedades:
I.-Pensiones públicas 2017 (LPG/17 Tit. IV)
- Se incrementa el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transportepara personas con discapacidad que se fija en 63,50 euros; el subsidio de garantía de ingresos mínimos se establece en 149,86 euros y por último el subsidio por ayuda de tercera persona se fija en 58,45 euros.
- Los límites de ingresos para el reconocimiento de las prestaciones familiares de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo quedan fijados en 11.605,77 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 17.467,40 euros, incrementándose en 829,24 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto.
II.-Cotización a la Seguridad Social
a) Bases de cotización a la Seguridad Social, desempleo, FOGASA y FP.
- Se incrementan las bases mínimas de cotización del RETA en el 3%.
- Se incrementan los tipos de cotización adicional establecidos para el anticipo de la edad de jubilación de los bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
b) Bonificaciones e incentivos
- Se prorroga un año más el incentivo de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados al turismo.
- Se establece una bonificación del 50% en la cotización empresarial por cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.
III. Modificación de la LGSS (LPG/17 disp. final 31ª)
- El cómputo de las cotizaciones incrementadas hasta el 100% durante 2 años, se refiere exclusivamente los supuestos de reducción de jornada para cuidado de menores.
- Cuando la reducción de jornada sea para el cuidado de personas con discapacidad, el incremento de las cotizaciones se referirá al primer año, equiparándolo a los supuestos de reducción de jornada para el cuidado de familiares hasta el segundo grado.
IV. Sector Público
a) Retribuciones:
- En 2017 habrá un incremento máximo de las retribuciones del personal al servicio del sector público del 1%.
- Se habilita a las Administraciones y resto de entidades que integran el sector público a aprobar la completa devolución de las cantidades efectivamente dejadas de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, y de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, si no lo hubieran hecho ya.
b) Oferta de empleo público (PLPG/17 art.19)
- La tasa de reposición se fija, con carácter general, en el 50%. Se exceptúan determinados sectores considerados prioritarios (educación, sanidad, prevención de incendios, etc.) en que se fija una tasa máxima de reposición del 100%.
V. Prestaciones
a) Familiares contributiva.
- Se aclara que, en los supuestos de reducción de jornada, el cómputo de las cotizaciones incrementadas hasta el 100% durante 2 años se refiere exclusivamente al cuidado de menores, mientras que cuando la causa sea el cuidado de familiares hasta el 2º grado o de personas con discapacidad es de 1 año. Las personas por discapacidad se incluyen ahora en el segundo grupo.
b) Familiares no contributiva
- Las cuantías por hijos mayores de 18 años con discapacidad superior al 65% de 4.426,80 y de 6.640.80 si la discapacidad superior al 65% de 4.426,80 si la discapacidad es igual o superior al 75% por ciento y necesite el concurso de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.
- El límite de ingresos se fija en 11605,77 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 17467,40 euros, incrementándose en 2829,24 euros por cada hijo a cargo del 4º incluido.
VI. Incentivos al empleo
a) Contrato de apoyo a emprendedores.
- Jóvenes entre 16 y 30 años: 90% el primer año, 70% el segundo año y 40% el tercer año. Si mujeres en sectores en los que estén menos representadas se incrementan en el 10%.
- Mayores de 45 años: 90% durante 3 años. Si se trata de mujeres en sectores en los que estén menos representadas se incrementan en el 100%.