InicioEconomíaNoticias Económicas 25-07-2013

Noticias Económicas 25-07-2013

Gestoría MadridLa AN avala la vigencia de los convenios colectivos pactados antes de la reforma laboral. Así lo establecen los magistrados en una sentencia en la que hacen una interpretación de la “ultraactividad”. La Sala considera que las condiciones laborales de los trabajadores plasmadas en convenios colectivos mantienen su vigencia después de la reforma del mercado laboral, que estableció, para aquellos convenios que hubieran sido denunciados, una duración de un año, hasta el pasado 8 de julio. Los jueces entienden que ese periodo de un año no puede aplicarse sin más de forma inflexible, sino que habría que estudiar la voluntad de ambas partes a la hora de aplicar la ultraactividad, es decir, la vigencia de sus condiciones más allá del periodo para el que fueron pactadas, concluyendo que en el caso concreto se acordó específicamente mantener el convenio hasta que hubiera uno nuevo. “La posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes, y es cogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen de ultraactividad anual que el legislador ahora propone de modo subsidiario”, señala la resolución. La sentencia contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, da la razón al SEPLA y mantiene en vigor el III convenio colectivo en Air Nostrum hasta la aprobación de uno nuevo.
 
El Secretario de Estado de la Seguridad Social ha presentado una propuesta sobre la forma de acreditar los períodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial para acceder a las diferentes pensiones. En concreto, el período mínimo de cotización exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que acrediten a lo largo de toda la vida laboral estos trabajadores, y que figura en el Fichero General de Afiliación. Este coeficiente se corresponde al porcentaje de parcialidad de la jornada con respecto a la de tiempo completo. Por ejemplo, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del 50% (su jornada laboral fuera la mitad de la completa) el período mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no serían 15 años sino 7,5 años.
 
Un total de 14 comunidades autónomas ya se han adherido al Acuerdo Marco para la colaboración de Agencias de Colocación con los Servicios Públicos de Empleo. La Conferencia Sectorial celebrada ayer ha presentado el “Plan Anual de Políticas de Empleo 2013” que optimiza el uso de los recursos públicos.
 
El número de hipotecas sobre viviendas es de 18.420 en mayo, un 29 % menos que en el mismo mes de 2012. El importe medio de las hipotecas sobre viviendas disminuye un 5,4% en tasa anual y se sitúa en 96.400 euros. El tipo de interés medio para las hipotecas constituidas sobre viviendas es del 4,58%, un  7,0% superior al registrado en mayo de 2012. El Euribor es el tipo de referencia más utilizado en la constitución de hipotecas a interés variable, en concreto en el 82,2% de los nuevos contratos.
 
El Gobierno catalán elimina cargas administrativas a las empresas con la nueva normativa de seguridad industrial. Aprueba el proycto de ley que regular el régimen jurídico aplicable a la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos con la intención de agilizar el registro y su puesta en funcionamiento. La principal novedad es que los titulares podrán utilizar la comunicación con declaración de responsabilidad para dar de alta las instalaciones en los registros correspondientes.  La nueva ley también modifica los requisitos iniciales para la prestación de servicios, que facilitará el acceso de nuevos operadores al mercado.

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Publicado por EMLB

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