InicioEconomíaNoticias Económicas 11-04-2013

Noticias Económicas 11-04-2013

Gestoria Laboral MadridLuxemburgo levantará el secreto bancario en 2015 y permitirá el intercambio automático de información sobre cuentas de residentes de otros Estados miembros con el fin de combatir la evasión de impuestos.  «Esto significa que Austria es el último Estado miembro que no aplica el intercambio automático de información. Sabemos que hay discusiones en marcha en estos momentos sobre este tema y esperamos que sean capaces de seguir la estela de Luxemburgo». El canciller austriaco se ha mostrado dispuesto esta semana a discutir sobre el fin del secreto bancario. Pero su ministra de Economía, del partido conservador que forma parte también de la coalición de gobierno, ha descartado esta posibilidad.
 
El TC declara «inconstitucional y nulo» el sistema con el que se calculan los periodos de cotización en los contratos a tiempo parcial cuando se solicita el cobro de una pensión contributiva. La sentencia del TC 61/2013 fechada el pasado 14 de marzo que fue publicada ayer en el BOE viene a confirmar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 22 de noviembre. El Gobierno ha expresado este miércoles su respeto por la sentencia del Tribunal Constitucional, que anula el sistema de cómputo del periodo de cotización en el trabajo a tiempo parcial con el que se calcula la pensión de jubilación, y ha subrayado que, por las «importantes repercusiones» que el fallo tiene sobre la Seguridad Social estudiará alternativas con los agentes sociales y los Grupos Parlamentarios.   El Ministerio de Empleo ha indicado en un comunicado que la sentencia, pendiente desde el año 2003, no afecta a quienes habiéndosele denegado la pensión ya plantearon la cuestión ante los tribunales y tienen una resolución judicial firme.
 
La AN reconoce el derecho de funcionarios a compartir la lactancia. El juez, en su sentencia, rechaza el «criterio restrictivo» de la Administración y asume las razones del recurrente, al interpretar que el derecho al permiso de lactancia «no es exclusivo de la madre, de manera que sea ésta la única titular y que, como tal, puede cederlo, sino que el derecho corresponde como titulares indistintos a ambos progenitores».A su juicio, no hay ningún impedimento para que, «comenzado a ser ejercido por uno de los progenitores no pueda serlo por el otro hasta el cumplimiento del plazo máximo del permiso que no es cedido, sino que es ostentado en concepto de titular», siempre que se lleve a cabo de forma sucesiva y no simultánea.
 
Plataforma por la Defensa del Comercio en Madrid denuncia que la Ley de Liberalización de Horarios ha destruido 5.000 empleos. La secretaria general de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de CC.OO. de Madrid  ha incidido en que las «consecuencias negativas» de la Ley no solo se han podido ver en el pequeño comercio, sino también en las grandes superficies. Esta Ley además de dañar a los pequeños comerciantes, también ha perjudicado a los trabajadores de las grandes superficies.  La cifra de negocios en el sector servicio ha caído un 5,1 por ciento y el número de empresas de comercio al por menor, en el período 2008-2012, ha caído 7,6 por ciento».
 
Las empresas están recurriendo con mucha más frecuencia a las nuevas facilidades para inaplicar los convenios de referencia (descuelgues) que da la reforma laboral, que a otras posibilidades que también se facilitaban en esta ley, como la creación de un convenio de empresa, a la luz de los datos estadísticos. “Las compañías prefieren incumplir temporalmente las condiciones de un convenio sectorial que crear una unidad de negociación y plasmar nuevas condiciones en un contrato de empresa”, explican estos laboralistas. Estos expertos han analizado también el resultado de las sentencias judiciales que han salido por los cambios de la reforma en los despidos colectivos. Según sus cifras existen unas 45 sentencias de los TSJ y de la AN. De estas, 21 fallos judiciales han anulado, por defectos de forma, los despidos recurridos; otros 20 los han encontrado ajustados a derecho, esto es, que concurrían las nuevas causas que recoge la reforma para ajustar plantillas con un menor coste del despido. Y solo cuatro sentencias han declarado los despidos improcedentes, porque no concurrían las causas. Las nulidades dejan de ser el fallo mayoritario en favor de aquellos que se ajustan a derecho, por lo que los jueces cada vez más respaldan la reforma.

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Publicado por EMLB

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