InicioNo Vale¿Fin de la tributación por Modulos?

¿Fin de la tributación por Modulos?

El comité de expertos que asesora a Montoro en la reforma fiscal pide eliminar los módulos, aunque sugieren que se mantenga sólo para niveles de renta muy bajos.
Los cambios significativos de la reforma
La Ley 7/2012 de 29 de octubre de 2012 de lucha contra el fraude fiscal actualizó los rGestoría Madrid Centroequisitos de las personas que pueden tributar en módulos, modificaciones que se mantienen en 2014. Los requisitos son:

  •  Su actividad se incluye en la Orden Ministerial que regula este régimen.
  •  No supera los límites establecidos en dicha Orden para cada actividad.
  •  Su volumen de ingresos no supera los 450.000 euros anuales o los 300.000 en el caso de la actividades agrícolas y ganaderas y de las de la división 7 del IAE (transporte y comunicaciones).Desde enero de 2015, y con la Reforma Fiscal, el límite quedará establecido en 150.000 euros anuales.
  •  Su volumen de compras, sin incluir inversiones, no supera los 300.000 euros. Desde enero de 2015 el límite se establecerá también en 150.000 euros anuales.
  •  Autónomos que practiquen retenciones del 1% en sus facturas, aunque desde el 1 de enero de 2015 éstas actividades quedarán excluidas del sistema de estimación objetiva.
  •  No ha renunciado ni está excluido del régimen simplificado del IVA o del especial de la agricultura.
  •  No realiza otras actividades que tributan en estimación directa.

Los autónomos en módulos obligados a practicar retenciones están recogidos en el artículo 95 del Reglamento del IRPF y son fundamentalmente los dedicados a la carpintería metálica, construcción, confección, industria del mueble e impresión, aunque aquellas que aplican una retención del 1% estarán excluidos desde enero de 2015 tras la Reforma Fiscal.
Planteando también, en paralelo, la supresión del régimen del recargo de equivalencia en el IVA y restringir el régimen simplificado. Se trata de dos sistemas que complementan al régimen de módulos que piden armonizar.
A todos aquellos que opten por permanecer en módulos, se les va a exigir, tras la reforma, la obligación de llevar una contabilidad básica, con un registro de los ingresos y los gastos, para acreditar con la máxima transparencia posible la existencia de pérdidas y ganancias en el negocio.

Se deberá conservar toda la documentación relativa a las facturas generadas y facturas recibidas, numeradas correlativamente y en el caso de que la actividad desarrollada, implique tener máquina registradora y expedir tickets de venta, deberán conservarse los rollos relativos a dichos tickets.

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Publicado por EMLB

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