En concreto, se trata de los siguientes modelos:
IVA: 303, 322, 340, 353, 380.
RENTA Y SOCIEDADES: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230.
En caso de domiciliación bancaria del pago, el plazo de presentación de los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230, 303 y 353 será del 1 al 15 de agosto.
Normativa:
Artículo primero, apartado veinticinco del Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre (BOE de 26 de octubre).
Disposición final cuarta del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre (BOE de 30 de diciembre).
Fuente (Agencia Tributaria)