De optar la unidad familiar por la tributación conjunta, las rentas de cualquier tipo obtenidas por las personas físicas integradas en esta serán gravadas acumuladamente.
A. El consultante está adquiriendo su vivienda habitual en pro indiviso con su cónyuge al 50% cada uno; durante el año 2012 su cónyuge ha carecido de ingresos al encontrase en paro y haber agotado el subsidio de desempleo en 2011. Mientras ambos tenían recursos económicos los dos han practicado la deducción por la adquisición de su respectiva mitad. En el escrito de consulta manifiesta que se encuentra obligado a presentar declaración por el IRPF en su modalidad individual. B. Consulta acerca de la aplicación del mínimo por descendientes entre cónyuges, al carecer uno de ellos de ingresos. A. Posibilidad por parte del consultante de practicar en el ejercicio 2012, mediante declaración individual, la deducción por inversión en vivienda habitual en función del 100% de las cantidades satisfechas vinculadas al préstamo con el cual el matrimonio financia su adquisición, al carecer su cónyuge de ingresos ni tener obligación de presentar declaración por el IRPF. B. Por las mismas circunstancias, si puede imputarse el 100% del mínimo por descendientes en su declara