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CALENDARIO DIAS INHABILES 2017
Días inhábiles sólo en el territorio de las CC.AA:
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ENERO
- Día 2: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia, Ciudad de Melilla.
FEBRERO
- Día 28: Andalucía.
MARZO
- Día 1: Illes Balears.
- Día 20: Extremadura, Madrid.
ABRIL
- Día 13: Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad de Ceuta, Ciudad de Melilla.
- Día 17: Illes Balears, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco, La Rioja.
- Día 24: Aragón, Castilla y León.
MAYO
- Día 2: Madrid.
- Día 17: Galicia.
- Día 30: Canarias.
- Día 31: Castilla-La Mancha.
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JUNIO
- Día 9: Murcia, La Rioja.
- Día 15: Castilla-La Mancha.
JULIO
- Día 25: Galicia, Navarra, País Vasco.
- Día 28: Cantabria.
SEPTIEMBRE
- Día 1: Ciudad de Ceuta, Ciudad de Melilla.
- Día 8: Asturias y Extremadura.
- Día 11: Cataluña.
- Día 15: Cantabria.
OCTUBRE
- Día 9: Comunidad Valenciana.
DICIEMBRE
- Día 26: Cataluña.
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En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 50/2016, de 9 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017 (B.O.C. de 17-05-2016) dispone que:
[su_note note_color=»#e9e9e9″ text_color=»#252525″]En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 1 de julio, Bajada de la Virgen de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en la Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de las Nieves; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.[/su_note]
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/137/2016, de 30 de mayo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2017 (D.O.G.C. de 6 de junio de 2016) dispone que:
[su_note note_color=»#e9e9e9″ text_color=»#252525″]»De las trece fiestas mencionadas…habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 17 de abril (Lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban) que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable. Asimismo, se dispone que «En el territorio de Arán,… la fiesta del 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del día 17 de junio (Fiesta de Arán)».[/su_note]